Devolución de Créditos Educativos Otorgados

¿Cuál es su objetivo?

Firmar el convenio para iniciar la cancelación del Crédito Educativo recibido oportunamente.

¿Cuál es su estado actual?

Disponible permanentemente.

Breve explicación de cómo se realiza

El sistema prevé para la amortización de las obligaciones contraídas y la posibilidad de elegir la cantidad de cuotas que, en función de las posibilidades económicas del beneficiario resulte más conveniente. Los plazos posibles van desde 1 hasta 48 meses.  Los pagos deben efectuarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina.

Para ello se deben firmar dos contratos iguales de refinanciación de la deuda, con los datos del ex beneficiario y de un garante. Una vez que el titular recibe los dos contratos debe certificar ambas firmas y enviarlos nuevamente para que los firme el Director Nacional.  Cuando los firma el Director Nacional, una copia es guardada en la Dirección y otra le es reenviada.

¿A quién está dirigido?

Ex Beneficiarios del Instituto Nacional de Crédito Educativo (INCE), del Programa Nacional de Crédito Educativo para la Enseñanza Superior (CREED) y del Programa Nacional de Crédito Educativo para la Educación Superior (PNCEES).

¿Quién puede realizarlo?

El Convenio de refinanciación debe ser suscripto por el Titular del crédito y su garante.

¿Qué documentación y requisitos se necesita presentar?

Para la impresión del contrato se requiere, tanto para el titular como para el garante:

  • Fotocopia  de recibo de sueldo
  • Fotocopia  del Documento de Identidad
  • Actualización  de datos: domicilio actual , teléfono, e-mail

Antes de ser firmado por el Director Nacional, los convenios enviados deben ser firmados por el titular y el garante, y ambas firmas deben ser certificadas ante autoridad pública.

Otras vías para realizarlo

No se requiere la presencia del titular. Puede consultarse y seleccionarse el plan de cuotas por teléfono o por correo electrónico, o enviar la documentación por correo en el caso de la recepción  y entrega del convenios de refinanciación.

Tiempo máximo requerido para su finalización

Una vez que se recibe la documentación necesaria, el convenio se redacta y se envía en dos días.

Una vez recibido de vuelta con ambas firmas certificadas por autoridad pública, el Director Nacional lo firma en el transcurso de dos semanas.

¿Quién es el responsable de la oficina?

Dr. Jorge Amaro

Horario de atención al público

De 9.00 hs a 17.00 hs.

Teléfonos de consulta

Tel: (011) 4129 - 1800 (Internos 6245 / 6243)
Fax: (011) 4129 - 1971

Dirección y ubicación

Avda. Santa Fé 1548 Piso 13 (C1060ABO) Ciudad  de Buenos Aires

Correo electrónico

dnpyci@me.gov.ar

Legislación que lo regula

Resolución Nro. 646/97 que aprueba el Reglamento del Programa  de Crédito Educativo para la Educación Superior.

Resolución Nro 88/97 que aprueba el modelo de contrato que suscriben los beneficiarios y el Ministerio de Educación.

Resolución 2318/98 que autoriza a la Dirección Nacional de  Programación y Coordinación Institucional a aplicar las refinanciaciones y a suscribir el convenio respectivo.

Página Web

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Formulario utilizado

Modelo de Convenio o Contrato de Refinanciación.


 
 
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