Res. Min. Nº 456/80 Las Universidades Nacionales inscribirán en las carreras que en ellas se dictan, al personal extranjero.
Res. Min. Nº 1523/90 Aprobar el régimen a que se ajustará la formación de graduados universitarios, dirigido a aspirantes provenientes de países extranjeros.
Res. Min. Nº 957/94 De la convalidación de títulos.
Res. Min. Nº 602/95 CONSEJOS REGIONALES DE PLANIFICACION DE LA EDUCACION SUPERIOR.
Res. Min. Nº 200/96 De la modificación del Anexo II.
Res. Min. Nº 1670/96 Del reconocimiento oficial de los títulos de posgrado.
Res. Min. Nº 6/97 De la carga horaria.
Res. Min. Nº 1168/97 De acreditación de carreras de posgrado.
Res. Min. Nº 206/97 De iinstituciones legalmente habilitadas para funcionar como universitarias.
Res. Min. Nº1672/97 De la convalidación de títulos expedidos por instituciones universitarias colombianas.
Res. Min. Nº 1807/97 Del reconocimiento de entidades privadas de acreditación y evaluación universitaria.
Res. Min. Nº 2093/97 para obtener la habilitación como institución universitaria, podrán continuar con sus actividades de posgrado hasta la conclusión de esos trámites.
Res. Min. Nº 559/98 De la convalidación de títulos expedidos por Instituciones Universitarias Ecuatorianas.
Res. Min. Nº 1379/98 De la sustitución al texto del artículo 13 de la Res. Min. Nº 1523/90.
Res. Min. Nº 1716/98 De la fijación de normas y pautas mínimas para la modalidad "educación a distancia". Deroga la Res. Min. Nº1423/98.
Res. Min. Nº 2156/98 De la creación del Registro de Instituciones de Posgrado.
Res. Min. Nº 2477/98 Del reconocimiento oficial de los títulos de posgrado no convocados por la CONEAU.
Res. Min. Nº 35/99 Del reconocimiento oficial de los títulos de posgrado pendientes de acreditación por la CONEAU.
Res.SPU. Nº 78/99 No aplicar las sanciones previstas en el artículo 34 inciso c) del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, a los integrantes de proyectos del año 1998.
Res. Min. Nº 1613/99 De los requisitos para presentar el informe final de las Instituciones Universitarias Privadas con autorización provisoria.
Res. Min. Nº 1724/99 De otorgar Categoría I a docentes investigadores que no cumplan con las condiciones establecidas en el apartado a-2 del art. 16 del Manual de Procedimientos.
Res.SES.Nº 31/00 Prórroga de plazos.
Res. Min. Nº 51/00 De la derogación de las Res. Min. Nros. 2477/98 y 35/99 por actos cumplidos y caducidad.
Res. Min. Nº 75/00 De la convalidación de los títulos expedidos por Instituciones Universitarias colombianas a favor de profesionales del área de la salud que así lo hubieran solicitado.
Res. Min. Nº 333/00 De la rectificación del art. 2º del Anexo Manual de Procedimientos.
Res. Min. Nº 416/00 Las instituciones universitarias podrán reconocer estudios completos de grado aprobados en el extranjero exclusivamente.
Res. Min. Nº 833/00 De la convalidación de los títulos universitarios extranjeros comprendidos en el marco de los convenios internacionales suscriptos por nuestro país, con el fin de que sus títulares puedan ejercer la profesión.
Res. Min. Nº 120/01 De la convalidación a los argentinos y sus hijos, los estudios de nivel medio completo cursados y aprobados en el exterior.
Res. Min. Nº 217/01 De la aplicación de la Res. Min. Nros. 2477/98 y 35/99 a los casos que a la publicación de la Res. Min. Nº 51/00, hubieran concluido el trámite de evaluación en el Ministerio.
Res. Min. Nº 236/01 Del reconocimiento oficial de los títulos de posgrado de carreras de modalidad educativa "no presencial" o "a distancia".
Res. SPU Nº 97/2003 sobre Condiciones y requisitos que deberán cumplimentar las Universidades Nacionales para la presentación de los proyectos de extensión universitaria.
Anexo I
Anexo II
Res. SPU Nº 168/2003 Se autorice la asignación de las partidas presupuestarias para la ejecución de los Proyectos de vinculación y extensión en Universidades Nacionales.
Anexo I
Anexo II
Res. SPU Nº 147/04. Condiciones y requisitos de preselección que deberán cumplimentar las Instituciones Universitarias para la presentación de los proyectos de extensión universitaria.
Res. Min. Nº 212/04. Ratificación Convenio 643-03 desarrollo de presentación, preselección y selección de las propuestas que realicen las Instituciones Universitarias Nacionales.
Res. SPU Nº 308/04. Condiciones y requisitos para la preentación de Proyectos de Extensión Universitaria y creación de las Comisiones de Evaluación y Selección de los Proyectos.
Res. SPU Nº 119/05. Establecer como períodos para la presentación de solicitudes de convalidación de títulos extranjeros ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA, los comprendidos entre el 1º de noviembre y 15 de diciembre y el 1º de junio y 15 de julio de cada año.
Res, SPU Nº 117/05 SPU y Nº 534 SCTIP. Los Proyectos de investigación acreditados, así como los integrantes, sólo podrán incorporarse al Programa de Incentivos hasta el 1º de mayo
de cada año.
-
Ley de
Educación Superior
-
-
-
Ley de Pasantias
-
-
-
Resoluciones
Ministeriales
-
-
-
Convenios
-
-