| BUENOS
AIRES,
VISTO, el Convenio MECyT N° 641/03 de fecha 16 de diciembre
de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio se formalizó, entre la SECRETARÍA
DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,
la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de este MINISTERIO,
y el CONSEJO DE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADAS,
con el propósito de coordinar y cooperar con acciones
orientadas a mejorar la calidad de vida de la población
en situación de vulnerabilidad social y económica, mediante
el uso de recursos humanos, naturales, culturales y
económicos que se encuentren en las comunidades en las
que están insertas las instituciones universitarias,
en un marco de equidad y participación social.
Que el mismo contempla la posibilidad de que las instituciones
universitarias presenten proyectos de extensión que
involucren trabajos conjuntos y coordinados con la comunidad
a través de organizaciones no gubernamentales, destinados
a promover y consolidar proyectos productivos y comunitarios;
fortalecer espacios asociativos locales e interinstitucionales
que favorezcan la capacidad de intervención en políticas
sociales a partir del desarrollo local; capacitar a
pequeñas unidades económicas y a emprendedores y/o trabajadores
que las componen, entre otros propósitos.
Que se hace necesario establecer las condiciones y requisitos
de preselección que deberán cumplimentar las instituciones
universitarias para la elaboración de los proyectos
de extensión.
Que es menester conformar la comisión que tendrá a su
cargo el proceso de preselección de los proyectos de
extensión que presenten las instituciones universitarias
y que posteriormente serán remitidos para su selección
por la mencionada SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES.
Que a los fines específicos de su ejecución resulta
necesario asignar la responsabilidad de la coordinación
operativa al área encargada de extensión universitaria
en la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL,
EVALUACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado
intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades
conferidas a esta Secretaría por el Anexo I, apartado
XIX, punto 1) del Decreto Nº 357/02
Por ello;
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las condiciones y requisitos de
preselección que deberán cumplimentar las Instituciones
Universitarias para la presentación de los proyectos
de extensión universitaria, que como ANEXO I y II se
incorporan de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Crear la Comisión de Preselección de Proyectos
de Extensión ad-honorem, que será coordinada por la
Dra. María Liliana N. HERRERA ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723)
y estará constituida por el Lic. Gustavo Victor CRISAFULLI
(D.N.I. Nº 12.474.485), la Lic. María Clara RAMPAZZI
(D.N.I. Nº 5.121.771) y la Lic. María Amelia ZÁRATE
(D.N.I. Nº 6.726.352) como miembros titulares y la Lic.
Stella Maris MONTERO (D.N.I. Nº 5.812.406) y el Lic.
Adrián Pablo BENNARDIS (D.N.I. Nº 17.686.341) como miembros
suplentes en representación de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS y el Dr. Avelino PORTO (D.N.I. Nº 4.160.777),
Dr. Horacio Alcides O´DONNELL (D.N.I. Nº 4.258.086)
y el Prof. Jorge Eduardo BOSCH (L.E. Nº 4.219.143) como
miembros titulares y el Dr. Pedro Wenceslao LOBO (L.E.
Nº 7.054.374) y el Pbro. Lic. Gerardo Nelson GALETTO
(D.N.I. Nº 16.942.030) como miembros suplentes en representación
al CONSEJO DE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADAS.
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Dra. María Liliana N. HERRERA
ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723) y al Lic. Martín OLIVER
(D.N.I. Nº 25.878.541) para que hagan de nexo con la
SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL en proceso de selección.
ARTÍCULO 4º - Regístrese, comuníquese y archívese.
ANEXO I
BASES PARA LA PRESELECCIÓN DE PROYECTOS DE
EXTENSIÓN UNIVERSITARIA - INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS
PRIVADAS
Introducción
La función de extensión cobra particular importancia
en la creación y multiplicación de vínculos con la sociedad,
no sólo para transferir conocimientos sino también para
aprender y reflexionar sobre su comportamiento y necesidades.
La interacción con la sociedad facilita la elaboración
de respuestas y soluciones eficaces, a la vez que contribuye
a enriquecer y reorientar la docencia y la investigación.
El Convenio Marco formalizado por la Secretaría de Políticas
Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, la Secretaría
de Políticas Universitarias de este Ministerio y el
Consejo de Rectores de Universidades Privadas - CRUP,
refleja la voluntad y el compromiso de posibilitar que
las instituciones universitarias contribuyan a mejorar
la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad
social, a través de la presentación de proyectos de
extensión.
La Secretaría de Políticas Universitarias, por intermedio
de la Dirección Nacional de Coordinación Institucional,
Evaluación y Programación Presupuestaria y en particular
el Area de Extensión Universitaria, que tendrá su cargo
la coordinación operativa, convoca a todas las secretarías,
direcciones o áreas equivalentes responsables de extensión
de las instituciones universitarias privadas, a participar
de este proceso que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La preselección será efectuada por la Comisión
de Preselección conformada a tal fin y que consta en
el cuerpo principal de esta resolución.
SEGUNDA: Se considerarán a efectos de esta convocatoria
dos tipos de proyectos de extensión con las siguientes
características:
1. Socio - productivos: aquellos proyectos orientados
al trabajo conjunto y coordinado de la comunidad a través
de organizaciones no gubernamentales - ONGs, con las
instituciones universitarias en la producción de bienes
y servicios.
2. Socio-comunitarios: aquellos proyectos encaminados
al trabajo conjunto y coordinado de la comunidad a través
de organizaciones no gubernamentales - ONG´s, con las
instituciones universitarias para mejorar las condiciones
de vida de la población en situación de vulnerabilidad
social y económica y/o faciliten la conformación o conservación
de redes sociales y espacios asociativos locales e interinstitucionales,
dirigidos a favorecer la capacidad de intervención en
políticas sociales.
TERCERA: Los proyectos que se presenten en ejecución
o a ejecutarse, estarán destinados a:
a) Promover y consolidar proyectos productivos y comunitarios
a través de estrategias de inclusión social.
b) Fortalecer espacios asociativos locales e interinstitucionales
que favorezcan la capacidad de intervención en políticas
sociales a partir del desarrollo local.
c) Capacitar a pequeñas unidades económicas y a emprendedores
y/o trabajadores que las componen, destinadas a la creación,
desarrollo y sustentabilidad de emprendimientos productivos
de pequeña escala.
d) Capacitar para mejorar los métodos de producción,
conservación y distribución de alimentos en pequeña
escala.
e) Capacitar y brindar asistencia sobre el cuidado de
la salud, la educación alimentaria y principios de nutrición.
f) Fomentar proyectos destinados a culminar la escolaridad
básica de jóvenes y adultos y especialmente de las madres.
g) Promover proyectos que tengan como objetivo el desarrollo
integral de la persona desde la primera infancia.
h) Fortalecer redes solidarias con la comunidad que
tengan como propósito la capacitación sobre seguridad
alimentaria y estimular la participación de las familias
y personas que trabajan en forma individual o en organizaciones
de la sociedad.
i) Capacitar en la gestión y participación en actividades
de Voluntariado Social
CUARTA: Los proyectos socio-productivos que se presenten
deberán cumplir con los requisitos establecidos en la
guía de presentación de proyectos del Ministerio de
Desarrollo Social, Plan Nacional de Desarrollo Local
y Economía Social.
QUINTA: Los proyectos comunitarios a presentarse para
esta convocatoria deberán cumplimentar los requisitos
establecidos en el Formulario que consta como ANEXO
II de la presente.
SEXTA: Cada institución universitaria presentará hasta
DOS (2) proyectos socio-comunitarios y hasta DOS (2)
proyectos socio-productivos, los cuales serán remitidos
hasta el 23 de julio de 2004, con el aval del o de la
responsable de extensión universitaria y la del Rector/a
de su institución. La presentación deberá efectuarse
en original y DOS (2) copias acompañados de un disquete
(formato doc. o rtf) colocado en un sobre con el original
destinado al Area de Extensión Universitaria, perteneciente
a la Dirección Nacional de Coordinación Institucional,
Evaluación y Programación Presupuestaria, sita en Av.
Santa Fe 1548, piso 13º C.A. de Buenos Aires,
Código Postal C 1060 ABO, personalmente o por correo
postal y por correo electrónico a: lalbrieu@me.gov.ar
o atorres@me.gov.ar
SEPTIMA: La Comisión de Preselección tendrá en cuenta
sólo aquellos proyectos que se ajusten a las cláusulas
SEGUNDA, TERCERA, CUARTA y QUINTA de estas bases. Los
preseleccionados serán remitidos a la Secretaría de
Políticas Sociales para su selección y posterior asignación
de fondos.
OCTAVA: La Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio
de Desarrollo Social, tendrá a su cargo la selección
de los proyectos y establecerá el monto que le corresponde
a cada uno de los seleccionados y los insumos o herramientas
que fuesen necesarios.
NOVENA: La utilización de los recursos deberá efectuarse
en un plazo mínimo de DIECIOCHO (18) meses a partir
de la fecha del otorgamiento de fondos, con la obligación
de presentar informes de avance del proyecto cada SEIS
(6) meses y UNO (1) al final. Asimismo deberán enviar
una rendición de cuentas por la utilización de los recursos
de acuerdo con las modalidades que oportunamente se
impartirán.
DECIMA: Todas las instituciones universitarias que participen
de esta convocatoria aceptan las bases establecidas
para la preselección y las resoluciones de la Comisión
conformada al efecto, no serán susceptibles de revisión,
ni reconsideración.
DECIMO PRIMERA: La Dirección Nacional de Coordinación
Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria
comunicará a las instituciones universitarias las propuestas
preseleccionadas y la fecha de remisión de las mismas
a la Secretaría de Políticas Sociales.
ANEXO II
FORMULARIO PARA PRESENTACION DE PROYECTOS DE EXTENSION
SOCIO - COMUNITARIOS
1. Denominación o título del proyecto
2. Instituciones participantes/responsables
3. Equipo de trabajo
4. Relevancia y justificación del proyecto
4.1. Enunciar sintéticamente el contexto social problemático
que da origen al proyecto
4.2. Identificar el o los problemas a resolver
4.3. Justificación del proyecto
4.4. Identificación de los destinatarios
4.5. Justificación de la estrategia seleccionada
4.6. Impacto esperado en el medio
5. Objetivos:
5.1. Generales
5.2. Específicos
6. Metas (indicadas en meses), recursos humanos y de
infraestructura
7. Cronograma de actividades
8. Efectos esperados
8.1. Enunciación de los resultados e impactos esperados
8.2. Enunciación de los indicadores de medición
8.3. Coherencia del proyecto
8.4. Estrategias de sustentabilidad del proyecto a futuro
9. Otras instituciones y/o actor/es que participarían
secundariamente en el proyecto.
10. Financiamiento: Indicar rubro desagregado por cantidad
y tipo de insumo solicitado (ej.: pasantía, capacitación,
bienes de consumo, infraestructura, entre otros), el
costo unitario y total por insumo y el costo total del
rubro y del proyecto.
11. Describir y acompañar la documentación que acredite
la personería jurídica de la/s ONG/s y funcionamiento
de la/s misma/s
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