BUENOS AIRES,

VISTO, el Convenio MECyT N° 641/03 de fecha 16 de diciembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el citado Convenio se formalizó, entre la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de este MINISTERIO, y el CONSEJO DE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADAS, con el propósito de coordinar y cooperar con acciones orientadas a mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad social y económica, mediante el uso de recursos humanos, naturales, culturales y económicos que se encuentren en las comunidades en las que están insertas las instituciones universitarias, en un marco de equidad y participación social.
Que el mismo contempla la posibilidad de que las instituciones universitarias presenten proyectos de extensión que involucren trabajos conjuntos y coordinados con la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales, destinados a promover y consolidar proyectos productivos y comunitarios; fortalecer espacios asociativos locales e interinstitucionales que favorezcan la capacidad de intervención en políticas sociales a partir del desarrollo local; capacitar a pequeñas unidades económicas y a emprendedores y/o trabajadores que las componen, entre otros propósitos.
Que se hace necesario establecer las condiciones y requisitos de preselección que deberán cumplimentar las instituciones universitarias para la elaboración de los proyectos de extensión.
Que es menester conformar la comisión que tendrá a su cargo el proceso de preselección de los proyectos de extensión que presenten las instituciones universitarias y que posteriormente serán remitidos para su selección por la mencionada SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES.
Que a los fines específicos de su ejecución resulta necesario asignar la responsabilidad de la coordinación operativa al área encargada de extensión universitaria en la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL, EVALUACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a esta Secretaría por el Anexo I, apartado XIX, punto 1) del Decreto Nº 357/02

Por ello;
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar las condiciones y requisitos de preselección que deberán cumplimentar las Instituciones Universitarias para la presentación de los proyectos de extensión universitaria, que como ANEXO I y II se incorporan de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Crear la Comisión de Preselección de Proyectos de Extensión ad-honorem, que será coordinada por la Dra. María Liliana N. HERRERA ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723) y estará constituida por el Lic. Gustavo Victor CRISAFULLI (D.N.I. Nº 12.474.485), la Lic. María Clara RAMPAZZI (D.N.I. Nº 5.121.771) y la Lic. María Amelia ZÁRATE (D.N.I. Nº 6.726.352) como miembros titulares y la Lic. Stella Maris MONTERO (D.N.I. Nº 5.812.406) y el Lic. Adrián Pablo BENNARDIS (D.N.I. Nº 17.686.341) como miembros suplentes en representación de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS y el Dr. Avelino PORTO (D.N.I. Nº 4.160.777), Dr. Horacio Alcides O´DONNELL (D.N.I. Nº 4.258.086) y el Prof. Jorge Eduardo BOSCH (L.E. Nº 4.219.143) como miembros titulares y el Dr. Pedro Wenceslao LOBO (L.E. Nº 7.054.374) y el Pbro. Lic. Gerardo Nelson GALETTO (D.N.I. Nº 16.942.030) como miembros suplentes en representación al CONSEJO DE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADAS.
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Dra. María Liliana N. HERRERA ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723) y al Lic. Martín OLIVER (D.N.I. Nº 25.878.541) para que hagan de nexo con la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en proceso de selección.
ARTÍCULO 4º - Regístrese, comuníquese y archívese.

ANEXO I

BASES PARA LA PRESELECCIÓN DE PROYECTOS DE
EXTENSIÓN UNIVERSITARIA - INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS PRIVADAS

Introducción

La función de extensión cobra particular importancia en la creación y multiplicación de vínculos con la sociedad, no sólo para transferir conocimientos sino también para aprender y reflexionar sobre su comportamiento y necesidades. La interacción con la sociedad facilita la elaboración de respuestas y soluciones eficaces, a la vez que contribuye a enriquecer y reorientar la docencia y la investigación.

El Convenio Marco formalizado por la Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, la Secretaría de Políticas Universitarias de este Ministerio y el Consejo de Rectores de Universidades Privadas - CRUP, refleja la voluntad y el compromiso de posibilitar que las instituciones universitarias contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad social, a través de la presentación de proyectos de extensión.

La Secretaría de Políticas Universitarias, por intermedio de la Dirección Nacional de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria y en particular el Area de Extensión Universitaria, que tendrá su cargo la coordinación operativa, convoca a todas las secretarías, direcciones o áreas equivalentes responsables de extensión de las instituciones universitarias privadas, a participar de este proceso que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La preselección será efectuada por la Comisión de Preselección conformada a tal fin y que consta en el cuerpo principal de esta resolución.
 
SEGUNDA: Se considerarán a efectos de esta convocatoria dos tipos de proyectos de extensión con las siguientes características:
1. Socio - productivos: aquellos proyectos orientados al trabajo conjunto y coordinado de la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales - ONGs, con las instituciones universitarias en la producción de bienes y servicios.
2. Socio-comunitarios: aquellos proyectos encaminados al trabajo conjunto y coordinado de la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales - ONG´s, con las instituciones universitarias para mejorar las condiciones de vida de la población en situación de vulnerabilidad social y económica y/o faciliten la conformación o conservación de redes sociales y espacios asociativos locales e interinstitucionales, dirigidos a favorecer la capacidad de intervención en políticas sociales.

TERCERA: Los proyectos que se presenten en ejecución o a ejecutarse, estarán destinados a:
a) Promover y consolidar proyectos productivos y comunitarios a través de estrategias de inclusión social.
b) Fortalecer espacios asociativos locales e interinstitucionales que favorezcan la capacidad de intervención en políticas sociales a partir del desarrollo local.
c) Capacitar a pequeñas unidades económicas y a emprendedores y/o trabajadores que las componen, destinadas a la creación, desarrollo y sustentabilidad de emprendimientos productivos de pequeña escala.
d) Capacitar para mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos en pequeña escala.
e) Capacitar y brindar asistencia sobre el cuidado de la salud, la educación alimentaria y principios de nutrición.
f) Fomentar proyectos destinados a culminar la escolaridad básica de jóvenes y adultos y especialmente de las madres.
g) Promover proyectos que tengan como objetivo el desarrollo integral de la persona desde la primera infancia.
h) Fortalecer redes solidarias con la comunidad que tengan como propósito la capacitación sobre seguridad alimentaria y estimular la participación de las familias y personas que trabajan en forma individual o en organizaciones de la sociedad.
i) Capacitar en la gestión y participación en actividades de Voluntariado Social

CUARTA: Los proyectos socio-productivos que se presenten deberán cumplir con los requisitos establecidos en la guía de presentación de proyectos del Ministerio de Desarrollo Social, Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social.

QUINTA: Los proyectos comunitarios a presentarse para esta convocatoria deberán cumplimentar los requisitos establecidos en el Formulario que consta como ANEXO II de la presente.

SEXTA: Cada institución universitaria presentará hasta DOS (2) proyectos socio-comunitarios y hasta DOS (2) proyectos socio-productivos, los cuales serán remitidos hasta el 23 de julio de 2004, con el aval del o de la responsable de extensión universitaria y la del Rector/a de su institución. La presentación deberá efectuarse en original y DOS (2) copias acompañados de un disquete (formato doc. o rtf) colocado en un sobre con el original destinado al Area de Extensión Universitaria, perteneciente a la Dirección Nacional de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria, sita en Av. Santa Fe 1548, piso 13º  C.A. de Buenos Aires, Código Postal C 1060 ABO, personalmente o por correo postal y por correo electrónico a: lalbrieu@me.gov.ar  o atorres@me.gov.ar

SEPTIMA: La Comisión de Preselección tendrá en cuenta sólo aquellos proyectos que se ajusten a las cláusulas SEGUNDA, TERCERA, CUARTA y QUINTA de estas bases. Los preseleccionados serán remitidos a la Secretaría de Políticas Sociales para su selección y posterior asignación de fondos.

OCTAVA: La Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, tendrá a su cargo la selección de los proyectos y establecerá el monto que le corresponde a cada uno de los seleccionados y los insumos o herramientas que fuesen  necesarios.
NOVENA: La utilización de los recursos deberá efectuarse en un plazo mínimo de DIECIOCHO (18) meses a partir de la fecha del otorgamiento de fondos, con la obligación de presentar informes de avance del proyecto cada SEIS (6) meses y UNO (1) al final. Asimismo deberán enviar una rendición de cuentas por la utilización de los recursos de acuerdo con las modalidades que oportunamente se impartirán.

DECIMA: Todas las instituciones universitarias que participen de esta convocatoria aceptan las bases establecidas para la preselección y las resoluciones de la Comisión conformada al efecto, no serán susceptibles de revisión, ni reconsideración.

DECIMO PRIMERA: La Dirección Nacional de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria comunicará a las instituciones universitarias las propuestas preseleccionadas y la fecha de remisión de las mismas a la Secretaría de Políticas Sociales.


ANEXO II
FORMULARIO PARA PRESENTACION DE PROYECTOS DE EXTENSION
SOCIO - COMUNITARIOS

1. Denominación o título del proyecto
2. Instituciones participantes/responsables
3. Equipo de trabajo
4. Relevancia y justificación del proyecto
4.1. Enunciar sintéticamente el contexto social problemático que da origen al proyecto
4.2. Identificar el o los problemas a resolver
4.3. Justificación del proyecto
4.4. Identificación de los destinatarios
4.5. Justificación de la estrategia seleccionada
4.6. Impacto esperado en el medio
5. Objetivos:
5.1. Generales
5.2. Específicos
6. Metas (indicadas en meses), recursos humanos y de infraestructura
7. Cronograma de actividades
8.   Efectos esperados
8.1. Enunciación de los resultados e impactos esperados
8.2. Enunciación de los indicadores de medición
8.3. Coherencia del proyecto
8.4. Estrategias de sustentabilidad del proyecto a futuro
9. Otras instituciones y/o actor/es que participarían secundariamente en el proyecto.
10. Financiamiento: Indicar rubro desagregado por cantidad y tipo de insumo solicitado (ej.: pasantía, capacitación, bienes de consumo, infraestructura, entre otros), el costo unitario y total por insumo y el costo total del rubro y del proyecto.
11. Describir y acompañar la documentación que acredite la personería jurídica de la/s ONG/s y funcionamiento de la/s misma/s
 

 
 
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