Pautas y Condiciones
I. PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO OFICIAL Y VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS
La presentación de la solicitud, que podrá ingresar como expediente caratulado por la Institución Universitaria, se efectuará ante la Dirección de Despacho del Ministerio de Educación, sita en Marcelo T. de Alvear Nº 1960 PB en el horario de 9:00 a 17:00 hs.
Para la presentación y posterior evaluación por parte de la DNGU, se deberán tener en cuenta para los programas o carreras bajo la modalidad de educación a distancia, los siguientes pasos:
INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA NACIONAL O PROVINCIAL, la carátula y el número de expediente pueden corresponder a la Institución Universitaria o pueden ser asignados en la Mesa de Entradas General del Ministerio de Educación.
INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA PRIVADA tanto provisoria como definitiva el expediente es caratulado por la Mesa de Entradas General del Ministerio de Educación.
I. PRESENTACIÓN DEL PROGRAMA O PROYECTO DE CARRERA:
Deberá estar consignado el nombre del título de la carrera o del programa que se postula.
Consignar el tipo de propuesta que alcanza la presentación:
Si es una propuesta de creación de carrera de pregrado, grado o posgrado, con antecedente de reconocimiento de título en la modalidad presencial o sin antecedentes.
Si es una propuesta de creación de carrera incorporada al régimen del Art.43 Ley 24521 y de carrera de posgrado.
Si es una propuesta de creación de una instancia con un único sistema de Educación a Distancia (Art.5 inciso c RM).
Si es una propuesta institucional con modalidad exclusiva de Educación a Distancia, en cuyo caso debe ser explícitamente solicitado con el respaldo de un instrumento legal de la Institución Universitaria (Art.10 RM).
Si se trata de una modificación del Plan de Estudios, debe incluirse el detalle de los cambios efectuados, la comparación con el plan de estudios vigente y la estructura curricular propuesta completa. Aprobado por acto administrativo de la autoridad máxima de la Institución (Resolución del Consejo Superior, Ordenanza). Si se trata de modificaciones estructurales que afecten la denominación del título y sus alcances, así como del sistema de educación a distancia, podrá ser necesario su aprobación mediante una nueva Resolución Ministerial.
II.1. Documentación obligatoria para presentar (debidamente legalizada)
Carreras con reconocimiento oficial en la modalidad presencial:
Deberán solicitar para la modalidad a distancia el reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional, cumpliendo con los requerimientos de los artículos Nº 3, 6 y 7 de la Resolución Ministerial Nº 1717/04.
Carreras sin reconocimiento oficial en la modalidad presencial:
Deberán solicitar para la modalidad a distancia el reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional, cumpliendo con los requerimientos de los artículos Nº 3, 6, 7 y 8 de la Resolución Ministerial Nº 1717/04.
Carreras incorporadas al régimen del Art.43 Ley Nº 24521 y carreras de posgrado:
Las carreras de grado incorporadas al régimen del Artículo 43 de la Ley Nº 24.521 y las carreras de posgrado, serán evaluadas con carácter previo en los aspectos técnicos conforme a la Resolución Ministerial Nº 1717/04 y, posteriormente, por la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU), a los efectos de su acreditación provisoria en el marco de la normativa vigente en la materia. (Art.5 inciso b RM), y de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Ministerial Nº 532/02. Se deberá presentar un mismo expediente con la información solicitada por CONEAU y con la información adecuada a los criterios de la Resolución Ministerial Nº 1717/04.
Proyectos institucionales: Sistema único de EaD:
En el supuesto de que la Institución Universitaria haya generado un único Sistema de Educación a Distancia, deberá hacer una presentación exhaustiva del mismo con el primer programa o carrera, al que se le incorporarán las particularidades específicas de los diferentes programas o carreras que se presenten con posterioridad (Art.5 inciso c RM). Se deberá adjuntar copia de la Resolución Ministerial que aprobó el primer Sistema de Educación a Distancia/Programa/carrera.
Proyectos institucionales: Modalidad exclusiva EaD:
En aquellos proyectos institucionales que prevean como modalidad exclusiva la Educación a Distancia en el marco de la Ley Nº 24.521 y sus Decretos Reglamentarios, deberán observarse las normas establecidas en la Resolución, para cada una de las carreras que se propongan crear y poner en marcha. (Art. 10 RM)
El Artículo Nº 4 de la Resolución Ministerial Nº 1717/04 estipula que las instituciones no podrán iniciar actividades académicas antes de la obtención del reconocimiento oficial.
II. 2. PLAN DE ESTUDIOS DE UNA CARRERA
La presentación del Plan de Estudios debe estar aprobada por el acto administrativo de la máxima autoridad institucional (Resolución del Consejo Superior u Ordenanza), acompañado de anexos que incluyan los siguientes aspectos, de acuerdo al punto 5 del Anexo de la Resolución 1717/04.
Denominación de la carrera
Denominación del título
Alcances del título: Descripción de las actividades para cuyo desarrollo resulta competente el egresado en función del perfil del título descripto y de los contenidos curriculares de la carrera.
Plan de Estudios: Se entiende por tal a la estructura y organización del conjunto de conocimientos, capacidades y destrezas para el logro del Perfil y Alcances del título y a la delimitación de estrategias y mecanismos para su obtención; experiencias y actividades de aprendizaje; prácticas profesionales; instancias, procedimientos y técnicas de evaluación previstas y cualquier otra actividad referida a la organización, desarrollo y evaluación de la formación profesional.
Carga horaria: Se deberá discriminar la carga horaria por tipo de actividades y las especificidades de la Modalidad de Educación a Distancia.
Carreras de pregrado: se deberá contemplar una carga horaria mínima de 1600 horas reloj. (Res.CFCyE 261/06).
En el caso de las carreras de grado se deberá contemplar que para calificar a una carrera de grado universitario se ha fijado en 2600 horas reloj o su equivalente, desarrolladas en un mínimo de 4 años académicos. (Res.Min.6/97).
Carreras de posgrado, las carreras de Especialización deberán contar con un mínimo de 360 horas y las Maestrías con un mínimo de 540 horas; en ambos casos se trata de horas reales dictadas, es decir reloj. En el caso de las Maestrías se debe incluir además un mínimo de 160 horas de tutorías y tareas de investigación en la Institución Universitaria, sin contar las horas dedicadas al desarrollo de la tesis (Resolución Ministerial Nº1168/97).
II.3. Fundamentos de la Propuesta
En este componente se consideran como aspectos principales los siguientes:
Fundamentación: Puede satisfacerse con un texto breve, descriptivo del proyecto pedagógico, con explicitación sobre los objetivos y sus propósitos.
Presentación institucional de la Institución Universitaria: La misma se deberá realizar, acompañando el organigrama respectivo; detallando la misión y políticas; y las diversas áreas de influencia socio-económica, geográfica, tecnológica y científica.
Presentación del sistema de educación a distancia: Se describirá la articulación del sistema de educación a distancia en la estructura de la Institución Universitaria de la cual depende, como así también la dependencia orgánico funcional de la carrera y la ubicación territorial que se prevé abarcar con la administración a distancia de la carrera.
II.4. Factibilidad y demanda del programa/carrera:
Para satisfacer este ítem se requiere información sobre:
Estudios realizados: Descripción de los estudios realizados a efectos de conocer la disponibilidad de los recursos necesarios para llevar a cabo los objetivos o metas señalados en la carrera o programa, con respecto a sus aspectos básicos: operativo, técnico y económico.
Perfil de alumnos y graduados potenciales: La descripción del perfil de los alumnos como el de los graduados potenciales, tendrá que identificar las capacidades de los ingresantes y de los egresados de un programa educativo/carrera. Se deberá referir al perfil de ingreso indispensable para la admisión de los alumnos, como así también deberá hacer referencia a capacidades profesionales o laborales en los cuales los egresados podrán desarrollarse.
Experiencia de la institución en el abordaje de propuestas similares: Se realizará una breve descripción sobre experiencias de la institución en el abordaje de propuestas bajo la modalidad de educación a distancia.
Relaciones académicas con instituciones con antecedentes válidos en Educación a Distancia: Se desarrollará en forma breve el tipo de relaciones que existe con instituciones con antecedentes válidos en Educación a Distancia y en forma más extensa se describirá, si corresponde, en la dimensión “Estructuras y Centros de Apoyo”.
III. MODELO EDUCATIVO
III.1. Modelo educativo de referencia
Requisitos mínimos, según punto 5.1 del Anexo de la RM:
Explicitación y conceptos principales del modelo educativo: Se deberá realizar la descripción del modelo y su consideración en todos los aspectos del sistema formativo, programa o carrera, con la inclusión de los conceptos educativos claves, que son propios o que remiten a identificar el modelo educativo que se tiene en cuenta en la propuesta.
Bases epistemológicas y pedagógicas: La presentación deberá dar respuesta a los planteos didácticos sobre qué, cuándo y cómo enseñar y evaluar. Se deberán determinar asimismo los distintos momentos (tramos, tareas, etc.), que serán tratados bajo formas de presencialidad y no presencialidad, sincrónica o asincrónica.
Vínculos entre el modelo y los diferentes componentes de la propuesta: Se refiere a los conceptos principales que identifican al modelo y sus formas de implementación, en relación con otros componentes. Se deberá explicitar haciendo especial referencia a las modalidades de interacción y de interactividad y a la implementación de procesos de mejora de la calidad.
Equipo educativo: Es necesario realizar la descripción del perfil del responsable educativo o encargado pedagógico del programa y definir la conformación del equipo interdisciplinario con los perfiles, formación y roles diferenciados, para asumir las actividades propias de la enseñanza a distancia. Este ítem incluye la referencia a la capacitación pedagógica básica y permanente del equipo, de docentes y técnicos en esta modalidad, que contemple el estudio de diferentes propuestas educativas y su aplicación a las enseñanzas no presenciales y sus entornos virtuales.
III.2. Organización, administración y gestión
En la organización, gestión y administración debe plantearse:
Descripción general: En cada caso se realizará una breve descripción del programa o carrera en los propósitos de la institución, con la descripción de los distintos circuitos de gestión y administración.
Estructura de apoyo administrativo: Se deberá realizar la descripción de los perfiles, funciones y antecedentes del personal, y los procedimientos de evaluación permanente de estos aspectos.
IV. INFRAESTRUCTURA Y CARACTERÍSTICAS TECNOLÓGICAS
IV.1. Infraestructura y equipamiento disponible
Descripción de infraestructura y equipamiento disponible:
• Si se tratara de una carrera, este ítem requiere una información descriptiva de la infraestructura y equipamiento de la institución, con especial referencia a los aspectos tecnológicos asociados a la misma y a la tecnología de la información y redes de comunicación aplicable a la propuesta.
• Si fuera un sistema, debiera tener una descripción amplia de la infraestructura y equipamiento tecnológico, además de lo aplicable con exclusividad a las carreras.
Equipo Área Tecnológica: Se requiere la descripción de perfiles, funciones y antecedentes del personal a cargo del área tecnológica, como así también los procedimientos de evaluación permanente de estos aspectos.
IV.2. Características tecnológicas
Requisitos mínimos, según punto 5.5 del Anexo de la RM: Tecnologías de Información y Comunicación.
Respecto de este componente, el documento que desarrolle el proyecto presentado por la institución, debe describir la tecnología alcanzable dentro del marco institucional y de las condiciones descriptas en el sistema: plataformas, herramientas de trabajo cooperativo y colaborativo y normas de seguridad. Dicho desarrollo tecnológico debería relacionarse con las condiciones del contexto institucional, las propuestas educativas y las metodologías de uso de las tecnologías disponibles.
Descripción de las características tecnológicas: Se deberá realizar una descripción de las características tecnológicas de los soportes puestos a disposición del programa, sus niveles de operación y confiabilidad. Será necesario definir y explicitar los diferentes recursos a utilizar, las condiciones técnicas y educativas con que se sustentarán (servidores, cuentas de e-mail, firewall, etc.) y la funcionalidad de las mismas. Se deberá además describir el uso de las tecnologías digitales y las condiciones de seguridad de los sistemas informáticos. Se tendrán en cuenta en la descripción las tecnologías básicas: e-mail, listas o foros y sitios Web. Deben incluirse, las claves de acceso específicas al/los entornos digitales que serán utilizados para los diferentes perfiles: docentes, gestores y otros.
Es indispensable la presentación de los Usuarios y claves de acceso, específicos al/los entornos digitales correspondientes, para diferentes perfiles: estudiantes, docentes, gestores y otros
Modos de garantizar las funcionalidades técnicas: Este componente refiere a los modos de garantizar las funcionalidades técnicas de los soportes para dar cauce a las diversas formas de interactividad. Se solicita una descripción de los diferentes recursos, con sus funcionalidades; como también el uso de las mejores tecnologías digitales y su personalización. Se deberán definir asimismo las condiciones técnicas y pedagógicas de uso de dichas tecnologías: sincrónicas, asincrónicas, otras y su descripción. Se deberá garantizar que tanto la actividad de los profesores con los alumnos y la de éstos entre sí, estén mediatizadas y enriquecidas por el uso intensivo de las nuevas tecnologías y especialmente por las redes de comunicación, considerando que actualmente en los sistemas no presenciales, el eje educativo se ha desplazado desde la noción de aprendizaje autónomo sostenido por la existencia de materiales, hacia la de aprendizaje cooperativo con un importante desarrollo de Mecanismos de Influencia Educativa de los docentes, materiales apropiados y formas de mediación.
Explicitación de los perfiles de los administradores de tecnología y su capacitación: Descripción de los mismos y de la propuesta de capacitación permanente de los administradores tecnológicos (docentes y técnicos) en los aspectos educativos, para su integración en los equipos de EaD.
V. ORGANIZACIÓN DIDÁCTICO - PEDAGÓGICA
V.1.Producción y Evaluación de Materiales
Requisitos mínimos, según punto 5.4 del Anexo de la RM: Materiales para el Aprendizaje.
Características pedagógicas de los diferentes materiales, formatos, diseño, soportes y funciones: Se deberán incluir pautas en las que se considere el tratamiento de los textos, su diseño y los diferentes soportes, especialmente los digitales, con la incorporación de aspectos multimedia e hipertextuales. Deberá incluir la descripción de los materiales que serán utilizados para el desarrollo del programa o carrera. La caracterización de los mismos contendrá, fundamentalmente, el detalle de los objetivos, la función que cumple dicho material dentro de la propuesta curricular, la modalidad de interactividad propuesta, el tipo de articulación (con otros materiales, con otros recursos) y la accesibilidad en relación a cada soporte.
Perfil de los profesionales participantes en tareas de diseño y realización: Se deberá definir claramente el perfil de los integrantes del equipo de diseño de los materiales, como así también el rol que cumplirán. Dentro de este aspecto es fundamental tener en cuenta la formación de cada integrante del equipo considerando el grado o tipo de especialización que va a desarrollar en el trabajo. El proyecto debe incluir, además, una propuesta de capacitación permanente destinada a los responsables del diseño de materiales.
Justificación de los derechos sobre materiales, bibliografía y medios de acceso provistos a los estudiantes: Es necesario esbozar la pertinencia de los materiales según el nivel de la carrera y las características de los destinatarios. El material deberá estar clasificado por soporte y, en la definición de los mismos, el equipo responsable del diseño de materiales, considerará alternativas tendientes a la búsqueda de mayor calidad. Se deberá describir el tipo de información que portará, en forma independiente o complementaria (orientaciones, consignas, bibliografía, sugerencias para el aprendizaje, propuestas de contenido, etc.), e incluir las consideraciones relacionadas con los aspectos legales.
V.2. Desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje
Requisitos mínimos, según punto 5.3 del Anexo de la RM: Interacción de docentes y estudiantes y estudiantes entre sí.
Comprende explícitamente la descripción de formas de interacción entre docentes y estudiantes y estudiantes entre sí, como así también la enumeración de recursos, medios técnicos, dispositivos o estrategias pedagógicas que permitan un diálogo didáctico mediado.
Explicitación del proceso de enseñanza y aprendizaje: Se deberá realizar la descripción de la relación pedagógica entre docentes y alumnos. Es necesario explicitar la función en las formas de mediación asincrónica – tutorías u otras denominaciones-, fundamentalmente en el espacio virtual, pero también en situaciones presenciales, junto a la realización de actividades colaborativas, con y entre los estudiantes. Será necesario describir también, las características del trabajo en grupo y con grupos a distancia (generación y operación en entornos informáticos de trabajo colaborativo y cooperativo).
Estimación cuantitativa de los tiempos para actividades: Se deberá realizar una estimación de los tiempos considerados aceptables para la realización de actividades individuales y grupales, presenciales y no presenciales o distantes, tanto en lo que corresponde a los estudiantes como a los docentes y configurar la carga horaria para cada asignatura. Se describirán las herramientas de interacción que serán utilizadas en los diferentes momentos, como así también la obligatoriedad de los trabajos y el porcentaje de trabajos prácticos y pasantías.
Manual de Procedimientos: Se deberá presentar el Manual de Procedimientos o instructivo en el que se expliciten los derechos y deberes de las diferentes personas o grupos involucrados (estudiantes, profesores, administrativos y otros) (Art.7 inciso b RM).
V.3. Descripción y perfil académico de Profesores
Requisitos mínimos, según punto 5.2 del Anexo de la RM: Perfil y desempeño de los docentes.
Comprende explícitamente el requisito mínimo de contar con docentes con una formación específica en lo disciplinar y en Educación a Distancia, tanto en aspectos tecnológicos como metodológicos.
Descripción de los perfiles de los Profesores: Es necesario incluir los requisitos de la incorporación de docentes que comprendan la formación y experiencia académica acorde a la responsabilidad docente asumida. Se deberá realizar asimismo la descripción de cada uno de los perfiles de profesores, con sus responsabilidades académicas, roles y su diferenciación en la función docente (autores, profesores tutores u otros).
Propuesta de capacitación inicial y permanente: La presentación del proyecto deberá incluir la propuesta de capacitación específica en la modalidad no presencial, que será generada dentro del mismo sistema o programa. La misma deberá tener una importante formación inicial teórico-práctica e incluir una capacitación permanente durante el desarrollo del proyecto.
V.4. Régimen de alumnos
Condiciones específicas de ingreso a la carrera: Deberán estar en el Manual de Procedimientos como se indica en el Art. 7 inciso b) de la RM y se detallarán en forma cualitativa y cuantitativa las obligaciones académicas previstas para los alumnos, con mención al régimen de permanencia de los mismos en el sistema.
Prácticas, residencias, tutorías y pasantías previstas: Se hará referencia a las modalidades previstas y al modo como serán instrumentadas, como así también a los recursos materiales y soportes o tecnologías requeridas para tales fines.
V.5. Evaluación del aprendizaje
Requisitos mínimos, según punto 5.6 del Anexo de la RM: Formatos de evaluación.
Comprende explícitamente la verificación, seguridad y confiabilidad de los exámenes de aprobación de cada asignatura.
Descripción de los procesos de evaluación y evaluación del proceso de aprendizaje en lo cognitivo y actitudinal: Se deberá realizar la descripción del modelo de evaluación con sus distintos formatos, que incluya la descripción de normas, procedimientos y condiciones previstas en las diferentes instancias, con pautas específicas de aquellas que determinan las condiciones de aprobación de cada asignatura. Se incluirá la forma de provisión de información permanente sobre los alumnos, la acreditación de aprendizajes, las formas de aprobación, perfiles de los docentes responsables y demás integrantes del equipo, la dirección del programa y la institución.
VI. ESTRUCTURA Y CENTRO DE APOYO (en caso de corresponder)
VI.1. Centros de apoyo
Requisitos mínimos, según punto 5.7 del Anexo de la RM: Centros de apoyo distantes de la institución central.
Características institucionales y académicas: Deberá hacer referencia a la ubicación geográfica del centro de apoyo distante de la institución central y explicitar las funciones de los mismos desde el punto de vista educativo e institucional. Se describirán las características con relación a los aspectos académicos apropiados para los diferentes tipos de tareas o actividades presenciales previstas en el programa o carrera (responsable académico y responsable tecnológico)
Convenios/Cartas de intención con otras instituciones: Se deberán presentar copias auténticas de los mismos en caso de corresponder, artículo 7 inciso d) de la RM. La autorización de nuevos centros de apoyo distantes de la institución central, para carreras cuyos títulos cuentan con el reconocimiento oficial, para ser gestionadas con modalidad a distancia, debe ser tramitada ante la Secretaría de Políticas Universitarias, según artículo 6 inciso l) RM.
Recursos y bienes o servicios propios: Se describirá la disponibilidad de recursos humanos, las tecnologías pertinentes y -en caso de corresponder- la infraestructura y la accesibilidad por parte de los usuarios, como el equipamiento con el que cuenta para las actividades académicas y administrativas.
Formación, antecedentes y capacitación de responsables institucionales: Se acompañará el currículum vitae de los responsables institucionales
VI. 2. Estructuras de apoyo
Descripción de las estructuras de apoyo: Se deberá realizar una descripción de las distintas estructuras de apoyo con que se cuenta dentro y fuera de la institución universitaria
Vinculaciones, convenios o acuerdos con otras instituciones: Se refiere a las distintas relaciones de la Institución con otras nacionales y/o extranjeras que sirvan de referencia a la propuesta de Educación a Distancia.
VII. Sustentabilidad Económica del programa o carrera
VII.1. Explicitación de la Sustentabilidad económica
Este ítem requiere que la institución universitaria describa los datos económicos que considere principales sobre el emprendimiento y en caso de ser necesario modos de financiamiento.
Presupuesto del emprendimiento: Se describirán los datos económicos principales sobre el emprendimiento, con detalle del monto total requerido para el desarrollo del proyecto.
Modo de financiamiento: Se detallará el financiamiento obtenido y/o a obtener, con la especificación, si corresponde, del monto que la propia institución ha invertido y/o invertirá en el proyecto; inversiones de otras instituciones; la inversión en materiales y equipo que utilizará. Se describirán asimismo los porcentajes aplicados a los diferentes componentes.
Si la presentación no reúne la información necesaria de acuerdo a la normativa vigente, se solicita a la máxima autoridad de la Institución la adecuación de la propuesta a través de una nota DNGU acompañando copia del informe técnico.
Si de la presentación resultara que cumple con todos los requisitos solicitados, se procede a la elaboración y elevación del proyecto de resolución ministerial correspondiente.
Como resultado el Director Nacional de Gestión Universitaria eleva el proyecto de Resolución Ministerial para la firma de la máxima autoridad ministerial. |