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in Argentina
Breve
reseña sistema educativo de la República Argentina
La nueva agenda educativa, construida a partir de los
movimientos de reforma de los sistemas educativos desde
mediados de la década del '80, ha puesto entre las preocupaciones
de los estados nacionales el tema de la descentralización
educativa. Por su parte, diferentes experiencias nacionales
pusieron en marcha procesos de descentralización de
sus sistemas educativos sobre la base de una matriz
sociopolítica centralizada y estadocéntrica como la
que caracteriza a la mayoría de las sociedades latinoamericanas.
En cada caso, sin embargo, estas experiencias descentralizadoras
se vieron atravesadas por las tendencias históricas
y culturales, por la posición de los distintos actores
educativos en el proceso de toma de decisiones, y por
las propias características estructurales de los sistemas
educativos sobre los que se actuó.
1.
El sistema educativo argentino.
La reforma de la educación nacional se inicia en 1992
con la descentralización definitiva del sistema y se
instituye legalmente con la Ley Federal de Educación
dictada en 1993 (http://www.me.gov.ar/leyfederal)
que contiene el programa reformista.
El rasgo que caracteriza este momento histórico y que
condiciona fuertemente las políticas sectoriales de
todos los ámbitos del hacer social es el agotamiento
y posterior abandono del modelo de acumulación keynesiano
que depositaba en el Estado Nacional y en su acción
política la función de arbitrar en la distribución de
los recursos y orientar el proceso económico y su reemplazo
por un modelo en el que prima la lógica del mercado.
Como consecuencia de este cambio se genera una colosal
reestructuración que polariza la estructura social,
revierte la dinámica de ascenso en favor de un movimiento
descendente que afecta fundamentalmente a las clases
medias y se constituye una masa de población marginal
hasta ese momento ajena a la realidad nacional. Por
supuesto la contracara es la acumulación de la riqueza,
la trasnacionalización de la economía y el desarrollo
de un circuito ultra moderno destinado a satisfacer
las necesidades de consumo de los sectores enriquecidos.
El segundo elemento contextual que es necesario considerar
es el de la globalización y la exigencia, tanto para
los mercados como para los individuos, de ser competitivos
para poder participar del intercambio de bienes y servicios.
En el caso de los mercados nacionales esto se traduce
en generar condiciones de competitividad que pasan por
aumentar la productividad de sus economías, bajando
costos, mejorando el perfil educativo de su población
económicamente activa (PEA), construyendo garantías
legales, etc. En el caso de los individuos se trata
fundamentalmente de obtener y desarrollar el capital
social y cultural que le permita competir en el mercado
de empleo formal.
En este contexto en 1992 a través de la ley de presupuesto
se transfiere a las jurisdicciones la responsabilidad
por la gestión, administración y financiamiento de las
escuelas medias y las instituciones superiores no universitarias
que aún dependían de la Nación.
Al año siguiente se dicta la Ley Federal de Educación
que retoma el viejo propósito de cambiar la estructura
del sistema adoptando, en este caso, el formato de la
reforma española de los 70. Se crea la Educación General
Básica (EGB) dividida a su vez en tres ciclos, el último
de los cuales incorpora dos años de la antigua educación
secundaria. Se extiende así la obligatoriedad a 10 años
de escolaridad incluido un año de preescolar y nueve
de educación básica. Los últimos tres años de la antigua
escuela media se transforman en un ciclo polimodal no
obligatorio con cinco orientaciones diferenciadas. Esta
modificación estructural del sistema educativo procuraba
una adecuación a los requerimientos globales de esta
época, a la vez que operaba en un contexto de profundas
transformaciones de la Argentina, que se alejaba fuertemente
del modelo consolidado hacia mediados del siglo XX.
2. Estructura y organización institucional
Como ya fue señalado, la Ley Federal de Educación Nº
24.195 promulgada en 1993 e implementada a partir de
1996, establece una escolaridad obligatoria de 10 años
que se extiende desde el último año del Nivel Inicial
al noveno año de la Educación General Básica (EGB),
con la siguiente estructura educativa:
- Los servicios educativos formales
compuestos por la estructura básica de la educación
que abarca los niveles Inicial, EGB, Polimodal y
el Nivel Superior no Universitario y Universitario
que atiende a la población que reúne las condiciones
de edad y de promoción necesarias para recorrer
su organización curricular.
- Los Regímenes Especiales tienen
por finalidad atender las necesidades no contempladas
por la estructura educativa básica y son Educación
Especial, Educación de Adultos, Educación Artística.
- Una oferta de servicios complementarios
denominados Estimulación Temprana, Jardín Maternal,
Talleres Especiales, Alfabetización de Adultos,
Formación Profesional y especialidades de Educación
Artística.
A diez años de sancionada
la Ley se observa un período de transición en el cual
coexisten en muchas provincias, la nueva estructura
con la estructura tradicional.
En el siguiente cuadro se relacionan los componentes
de ambas estructuras y sus correspondientes tramos de
obligatoriedad. Asimismo, para facilitar comparaciones
entre países, se incluye su denominación según la Clasificación
Internacional Normalizada de la Educación de la UNESCO.
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