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1. CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO.
2. RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO (PAÍSES SIN CONVENIO)
3. ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO Y SUPERIOR REALIZADOS EN LA ARGENTINA.
CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO
A. PAÍSES CON CONVENIO
: El trámite está dirigido a las personas que han cursado estudios secundarios completos en los países con los cuales Argentina ha suscripto convenio de reconocimiento recíproco de estudios.
Los países son:
Bolivia
Brasil
Colombia
Chile
Ecuador
España
Italia
México
Paraguay
Perú
Uruguay
Venezuela
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
: Decreto N° 18.946/51
Francia
B. ARGENTINOS E HIJOS DE ARGENTINOS
: El trámite está dirigido a las personas de nacionalidad argentina, o sus hijos, que hayan cursado estudios secundarios completos en los países con los cuales no existe convenio (R.M. N° 497/06).
C. CURSADOS POR INTERCAMBIO O BECA ESTUDIANTIL
: R.M. N° 41/00 y 1569/07
D. DIPLOMÁTICOS ARGENTINOS
: Ley N° 20.957
Inicio:
Los trámites de convalidación de estudios los puede iniciar el interesado o cualquier otra persona mayor de 18 años. Los extranjeros privados de la libertad deberán tramitarlos por las Unidades Carcelarias correspondientes. Se debe presentar TODA LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA en ORIGINAL y en FOTOCOPIA legible y simple. En caso de iniciar el trámite otra persona que no sea la interesada, puede presentar fotocopia autenticada ante Escribano Público o Juez de Paz de Argentina SÓLO DEL DOCUMENTO DE ACREDITACIÓN DE IDENTIDAD Y DEL PERMISO DE INGRESO AL PAÍS; EL RESTO DE LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ ESTAR EN ORIGINAL Y FOTOCOPIA SIMPLE Y LEGIBLE.
Retiro:
Tanto en el caso de que lo realice el interesado o un tercero, se deberán presentar LOS ORIGINALES DE TODA LA DOCUMENTACIÓN ESCOLAR Y DOCUMENTO QUE ACREDITE LA IDENTIDAD DE QUIEN RETIRA.
DOCUMENTACIÓN A SER PRESENTADA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
(CASOS A, B y D)
DOCUMENTO DE ACREDITACIÓN DE IDENTIDAD (Original y Fotocopia Simple)
ARGENTINOS: D.N.I., Pasaporte o C.I. (en todos los casos deben estar vigentes).
EXTRANJEROS: En el caso de no poseer DNI, deberán presentar:
DOCUMENTO DE IDENTIDAD VIGENTE CON EL QUE INGRESÓ AL PAÍS (Pasaporte o cédula expedidos por el país de origen, con sello de entrada).
En el caso de que el pasaporte vigente no tenga el sello de ingreso al país, PERMISO DE INGRESO AL PAÍS EXTENDIDO POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
DOCUMENTACIÓN ESCOLAR (Original y Fotocopia Simple)
Concentración de Notas o Analítico de Notas o Histórico de Escolaridad o Certificado Oficial de Estudios o Transcripto de Notas (ejemplo de denominaciones de acuerdo al país que expide la documentación escolar)
Acta de Grado (para los casos de Colombia y Ecuador).
Licencia de Nivel Medio o Certificado de Conclusión o Titulo o Diploma de Graduación (ejemplo de denominaciones de acuerdo al país que expide la documentación escolar)
IMPORTANTE:
Deben coincidir textualmente el/los apellido/s o el/los nombre/s entre todos los documentos escolares con los de su documento de acreditación de identidad vigente.
Legalizaciones que deben constar en toda la documentación escolar
(deben ser realizadas en el país emisor de la misma)*:
Autoridades Educativas del país.
Ministerio de Relaciones Exteriores del país (en caso que sea necesario).
Consulado argentino en el país donde fue extendida la documentación o Apostilla de la Haya.
*
Estas legalizaciones tienen como excepción a la República Federativa del Brasil
, que posee con nuestro país un convenio de simplificación de legalizaciones. Para este país, la legalización solicitada es la siguiente:
Autoridades educativas superiores (Regional de Educación o MEC o Secretaría de Educación o Inspector).
Relaciones Exteriores de la Republica Federativa del Brasil. Vale aclarar que no hace falta traducción de la documentación escolar.
La documentación redactada en idioma extranjero (con excepción de la que provenga de Brasil, que no lo requiere)
, debe ser traducida en Argentina por Traductor Público de Registro y legalizada ante el Colegio de Traductores correspondiente a cada jurisdicción.
DIPLOMÁTICOS ARGENTINOS
: Agregar a lo solicitado nota de designación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina. Certificado que acredite el lazo familiar.
EXTRANJERO HIJO DE PADRE o MADRE ARGENTINOS:
Al documento personal adjuntar Partida de Nacimiento del interesado/a. En caso de no figurar en la misma la nacionalidad del padre o madre, presentar original o fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad o Partida de Nacimiento del padre o madre.
DOCUMENTACIÓN A SER PRESENTADA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE DE
CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS CURSADOS POR BECAS O PROGRAMAS DE INTERCAMBIO
(CASOS C)
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA (Original y Fotocopia Simple)
D.N.I., Pasaporte o C.I. (en todos los casos deben estar vigentes).
Analítico de los años cursados en nuestro país.
Legalizaciones que deben constar en la documentación escolar cursada en Argentina:
1) Ministerio de Educación de la jurisdicción emisora del título.
2) Ministerio del Interior (25 de Mayo Nº 179 C.A.B.A. Horario: 08:30 a 17:00 hs.).
Nota de la institución que otorgó el Intercambio o la Beca.
Documentación escolar extranjera:
Analítico de Notas o transcripto de Notas o sus denominaciones equivalentes del país en cuestión.
Diploma de Graduación o Titulo. No se aceptará diploma honorario ni certificado de asistencia.
IMPORTANTE:
Deben coincidir textualmente el/los apellido/s o el/los nombre/s entre todos los documentos escolares con los de su documento de acreditación de identidad vigente.
Legalizaciones que deben constar en toda la documentación escolar
(deben ser realizadas en el país emisor de la misma):
Autoridades Educativas del país.
Ministerio de Relaciones Exteriores del país (en caso que sea necesario).
Consulado argentino en el país donde fue extendida la documentación o Apostilla de la Haya.
La documentación redactada en idioma extranjero
debe ser traducida en Argentina por Traductor Público de Registro y legalizada ante el Colegio de Traductores correspondiente a cada jurisdicción.
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